Usuario anónimo ¿Quieres tener tu propio blog?
Crear blog gratis en OboLog

EMPRENDEDORES

miércoles, 20 de febrero del 2008 a las 00:14
guardado en

 

 
El plan de negocios es un bloque de

información, expresada en un documento,

que tiene que ser comprendida por los inversionistas

y que evidencia un pensamiento

estratégico de la empresa, sus negocios,

con obligaciones y resultados previstos para

un período determinado.

 

Pueden ser beneficiario cualquier ciudadano colombiano mayor de edad,  que este interesado en desarrollar cualquier proyecto empresarial en cualquier región del país, y que además acrediten algunas condiciones como son: (estipuladas en el acuerdo 007 del 2 de junio de 2005)

- 1. Alumno Sena que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación.

2. Alumnos o egresados de cursos Sena de poblaciones especia les que contemplen un componente de práctica, que haya alcanzado el 50% de la duración del programa. Para el caso de los egresados la certificación se deberá haber obtenido dentro de los últimos 24 meses.

3. Alumnos Sena que hayan obtenido certificación en una salida parcial, cuya duración sea mínima de 440 horas y la certificación se haya obtenido dentro de los últimos 24 meses.

4. Egresado con certificación de aprobación, emitida por el Sena y/o entidad educativa aprobada por el Estado, de un (1) curso o programa de formación profesional integral con una duración no inferior a 500 horas, que haya culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 24 meses.

5. Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

6. Personas que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

7. Profesional universitario cuyo primer título haya sido obtenido durante los últimos 24 meses, de un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen. 

Podrá realizarse de manera individual o asociativa. En el caso de las asociaciones estas tendrán que estar integradas por lo menos por el 51% de aprendices; el resto de la asociación podrá integrarse con los demás beneficiarios de que trata el artículo 2º del presente acuerdo.

  Recursos. El Fondo Emprender se regirá por el derecho privado, y su presupuesto estará conformado por el 80% de la monetización de la cuota de aprendizaje, incluidos los ingresos por intereses por mora, multas por mora en monetización y las multas por no contratación de aprendices; así como por los aportes del presupuesto general de la nación, recursos financieros de organismos de cooperación nacional e internacional, recursos financieros de la banca multilateral, recursos financieros de organismos internacionales, recursos financieros de fondos de pensiones y cesantías, recursos de fondos de inversión públicos y privados, donaciones y rendimientos financieros generados por los recursos del fondo. 

Topes y montos de los recursos otorgados. El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento (100%) por ciento del valor del plan de negocio, siempre y cuando el monto de los recursos solicitados no supere los doscientos veinticuatro (224) salarios mínimos mensuales legales vigentes, smmlv

  Rubros no financiables. El Fondo Emprender no financiará los siguientes rubros:

1. Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.

2. Compra de bienes inmuebles.

3. Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios.

4. Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).

5. Adquisición de vehículos automotores.

6. Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.

7. Recuperaciones de capital.

8. Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.

9. Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.

10. Formación académica.

11. Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales.

12. Gastos de viaje y desplazamiento.

13. Compra de primas o locales comerciales.

Etapas para la formulación, registro y evaluación de los planes de negocio

Artículo 9º. Etapas. El proceso para la formulación, registro, evaluación y asignación de los recursos del Fondo Emprender, se desarrolla en ocho (8) etapas consistentes en:

1. Formulación del plan de negocio.

2. Convocatoria.

3. Registro y presentación del plan de negocio.

4. Evaluación de planes de negocio.

5. Jerarquización y priorización de planes.

6. Asignación de recursos financieros.

7. Seguimiento y acompañamiento a beneficiarios.

8. Control y evaluación de la inversión.

  Formulación del plan de negocio. Los Centros de Formación del Sena, las instituciones de educación aprobadas por el Estado, a través de sus unidades de emprendimiento, departamentos, facultades, profesores, instructores o asesores vinculados a las mismas, así como las demás entidades públicas o privadas que asuman el compromiso de asesorar planes de negocio en forma gratuita, bajo los parámetros y la metodología del Fondo Emprender, que hayan suscrito certificado de compromiso con el Sena como unidades de emprendimiento deberán prestar asesoría permanente a los emprendedores durante la formulación del plan de negocio, con el fin de garantizar su viabilidad y su consecuente registro en el Sistema de Información.

 

Causales de devolución. El Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender podrá ordenar la devolución parcial o total de los recursos o suspender, reducir o retener la entrega de recursos, cuando el gerente administrador de recursos del Fondo Emprender, informe sobre la ocurrencia de alguna de las siguientes causales:

1. Si se comprueba el incumplimiento de los indicadores de gestión establecidos.

2. Si se confirma que los recursos entregados por el Fondo Emprender han sido o se están utilizando de manera diferente, parcial o totalmente, a los fines establecidos en el Plan de Negocio.

3. Suministro de información inexacta durante cualquiera de las etapas del proceso y que ésta haya incidido directamente en la asignación de los recursos.

4. Si se demuestra que alguno de los beneficiarios ha obtenido recursos del Fondo Emprender para más de un plan de negocio.

5. Cuando el retiro de alguno de los integrantes del equipo de trabajo, afecta el cumplimiento de las condiciones exigidas en el artículo 1° del presente acuerdo, dará lugar a la suspensión de los desembolsos de los recursos por un período de hasta tres (3) meses contados a partir de la fecha de retiro del (los) integrante(s) hasta tanto no se subsane esta condición. Transcurrido el término anteriormente señalado sin que se subsane esta condición, la empresa devolverá la totalidad de los recursos entregados

 

¿Qué deben hacer los emprendedores que tienen una idea de negocio?

1. Verificar que cumplen las condiciones para ser beneficiarios del Fondo Emprender.

2. Presentar la iniciativa empresarial ante el Centro de Formación Profesional del SENA o Institución de Educación aprobada por el Estado y solicitar la asesoría técnica para la formulación de su plan de negocio.

 

 


Sobre el blog

El blog de pauand

Emprendimiento en el Sena

Ver ficha del blog en OboLog

Login

Suscripción

Suscríbete al Feed RSS XML

También puedes suscribirte directamente con alguno de los siguientes enlaces:

  • Suscríbete en Bloglines
  • Suscríbete en Google

Enlaces

www.sena.edu.co